Fedra Valencia, socia de Cuatrecasas, y Blanca Roig, directora académica del ISDE, han dirigido en la sede del Instituto Superior de Derecho y Economía, la conferencia sobre la reforma de la Ley Concursal, aprobada el pasado 22 de septiembre en el Congreso de los Diputados.
https://isde.es/wp-content/uploads/2011/10/img_nid_1549_1.jpgFedra Valencia, socia de Cuatrecasas, y Blanca Roig, directora académica del ISDE, han dirigido en la sede del Instituto Superior de Derecho y Economía, la conferencia sobre la reforma de la Ley Concursal, aprobada el pasado 22 de septiembre en el Congreso de los Diputados.
Tras la presentación inicial de la conferencia por Blanca Roig, tomó la palabra Fedra Valencia, que además de abogada es profesora y especialista en la materia de derecho concursal. La Sra. Valencia desglosó el punto principal de la reforma: la nueva perspectiva de la refinanciación del deudor. Los puntos clave a tener en cuenta sobre este aspecto de la reforma son:
– La puesta en marcha de la refinanciación, ampliando la moratoria para solicitar el concurso de acreedores.
– Operativa de la refinanciación. Se mantienen los requisitos para la validez de los acuerdos extrajudiciales.
– “Privilegios” de la refinanciación.
Acuerdos de renegociación
Otros temas que se trataron en el coloquio, establecidos en la reforma de la Ley Concursal, fueron que los acuerdos de renegociación pactados por una sociedad con la mayoría de sus acreedores podrán imponerse al resto, siempre que hayan recibido el apoyo del 60 % de las deudas y vengan respaldados por el informe favorable de un experto independiente.
De esta manera, se evitan las minorías de bloqueo que han llevado a que muchas sociedades no puedan refinanciar sus deudas y tengan que acogerse al concurso de acreedores, un proceso judicial similar a la antigua suspensión de pagos que termina en el 95 % de los casos en la liquidación de la empresa.
La nueva Ley Concursal también favorecerá la aportación de liquidez a empresas en dificultades con el objetivo de frenar esos procesos de insolvencia. Una disposición adicional por la que el Ejecutivo tendrá un período de seis meses para presentar un informe con medidas que completen la protección económica y social de consumidores y familias.
Un solo administrador
También se concretó el cambio de la figura del Administrador Concursal, modificando tanto la propia figura del administrador como sus funciones.
El nuevo texto determina que la Administración Concursal pasará de estar formada por tres a un sólo miembro, que deberá ser economista; auditor de cuentas; titulado mercantil o abogado en ejercicio, si bien habrá una serie de supuestos excepcionales en los que el Juzgado podrá nombrar a dos Administradores.